lunes, 12 de mayo de 2014

A 25 Años de PROSOC

Lic. Oscar Ruiz Vargas

Oficina de la PROSOC en Cuauhtémoc

La Procuraduría Social como Ombudsman Administrativo tiene dos vertientes:
1.       El ámbito ciudadano relacionado con los entes públicos y la defensa de los derechos sociales y
2.       El ámbito condominal
“En las comunidades condominales, ya sea en las unidades habitacionales o en los conjuntos condominales se presenta una situación de manera cíclica y permanente: el desgaste de las administraciones debido al incumplimiento de los pagos de las cuotas, ya que al no haber cuotas, no hay dinero para propiciar las condiciones optimas de mantenimiento, operación y conservación de las áreas y servicios comunes del condominio, es así, que al no haber recursos que administrar, el objeto de la administración del condominio no se puede ejecutar, optando la mayoría de las veces por abandonar el encargo o bien por convocar a Asamblea General de Condóminos a efecto de realizar el cambio de administración. Una vez realizada la Asamblea General de Condóminos con el objeto de que se lleve a cabo el cambio de administrador, los condóminos inician otro ciclo de manera entusiasta y participativa en pos de la nueva administración e inclusive hacen recomendaciones y observaciones para que después de un par de meses se origine de nueva cuenta una actitud apática, desinteresada y omisa en el cumplimiento del pago de los importes de las cuotas, generando así un extraordinario desgaste en la convivencia condominal.”

De acuerdo a lo anterior, se puede decir que desde hace algunos lustros, el Partido Revolucionario Institucional estableció como parte estratégica de su política social el brindar apoyos a las Unidades Habitacionales especialmente en los períodos previos a las elecciones políticas, locales o federales, apoyos tales como proporcionar pintura, impermeabilizante, materiales para obras en áreas comunes o la realización de trabajos concretos dentro de las mismas, subrogando de la obligación a los condóminos, ya que corresponde a ellos en origen dar el mantenimiento adecuado a las áreas comunes, así como atender su operación y buen funcionamiento.

Este tipo de programas generó en muchos casos, una reacción equivocada por parte de la comunidad condominal, ya que lejos de reorientar a la gente a tomar una conducta participativa y responsable, dirigida a preservar en condiciones optimas de funcionamiento, tanto sus unidades de propiedad exclusiva, como las áreas y servicios del conjunto condominal produjo una cultura de dependencia y reforzó un sentimiento paternalista hacía las instituciones de gobierno.
Interior de oficinas de la PROSOC

A partir del año 2001, se puso en marcha el “Programa de Rescate a Unidades Habitacionales”, después denominado “Programa Social de Unidades Habitacionales” y recientemente “Ollin Callan”  desarrollado por la Procuraduría Social del Distrito Federal con recursos que provienen del gobierno central del Distrito Federal  y el cual consiste en otorgar apoyos a las unidades habitacionales que consten de más de 120 unidades de propiedad exclusiva y cumplan con ciertos requisitos, como ser de interés social y que requieran de manera apremiante mantenimiento o la realización de obras necesarias para su adecuado funcionamiento.
El monto de este recurso es asignado por la Procuraduría Social del Distrito Federal, según el número de unidades de propiedad exclusiva con que cuente la unidad habitacional y es administrado por un comité electo en asamblea ciudadana, misma que eligió el proyecto en el que serán invertidos los recursos.

Es importante destacar que la aplicación de dichos recursos requieren de gran sensibilidad y delicadeza, pues aunque sean dirigidos a tareas u obras muy especificas que se encuentran previstas dentro de un catalogo de conceptos y que aun siendo de gran utilidad para las unidades habitacionales, sobre todo las que se encontraban en un rezago de mantenimiento importante y en algunos casos sorprendente, trátese por la falta de recursos económicos de la población condominal, carencia de organización o simple apatía y desinterés por vivir en un espacio digno, factores que convergen, todos ellos, en una crisis de imagen y conservación de las unidades habitacionales y que se relacionan directamente con nuestro devenir socioeconómico y cultural, pero que finalmente esas cargas corresponde asumir en origen a los condóminos y que si no se toma en consideración un programa integral de organización y compromiso por parte de la comunidad condominal de las unidades habitacionales para cumplir con sus obligaciones, entre estas la de cubrir sus cuotas, este programa terminará por ser un proyecto en detrimento de las mismas, ya que los pocos recursos que genera la carente organización que existe en las unidades habitacionales, a través de sus administraciones, podría sufrir un colapso y encaminarse a la extinción, puesto que se genera una apreciación errónea, al existir un ente institucional que asuma las obligaciones de la comunidad, aun cuando sea de manera parcial, pero periódica, configurándose nuevamente ese sentimiento de dependencia hacía los recursos del gobierno, situación que genera que la comunidad condominal se abstenga de cumplir siquiera con las obligaciones básicas respecto de las áreas y servicios comunes, considerando que es una obligación inherente al gobierno el brindar dicha ayuda, motivando la mediocridad en la organización y cumplimiento de las obligaciones condominales.

Es un problema que afecta la adecuada operación del condominio, el suministro de los servicios, el mantenimiento de las áreas comunes, además de erosionar la convivencia condominal, generando problemas de diferente índole y magnitud; como es el caso de la afectación de la imagen arquitectónica y urbana del condominio al deteriorarse sustancialmente las fachadas, andadores, escaleras, pasillos, corredores, áreas deportivas, recreativas, sociales y demás que son comunes a los condóminos, la falta de disposición de estas áreas, también representa un problema al ser delimitadas o apropiadas por algún condómino o sector del inmueble, o bien al cambiar el uso y destino de las mismas debido a su falta de mantenimiento, la alteración en las condiciones de salubridad también se hace presente por la falta de medidas de mantenimiento en la operación de las redes hidrosanitarias generales, la higiene se ve mermada al no poderse brindar las condiciones de limpieza, se afectan las condiciones de comodidad al no cubrirse los importes suficientes para el suministro de energía eléctrica, de vigilancia, de recolección de basura, de jardinería y para un mantenimiento operativo de los estacionamientos y azoteas, elevadores, y demás implementos con que pudiera contar el condominio, atendiendo obviamente a las cualidades especificas de cada condominio en particular.

Es por ello que estos programas sociales enfocados a las Unidades Habitacionales al ser mal enfocados  y mal ejecutados, distan de cumplir con sus objetivos porque no van acompañados de un proceso integrador que perfeccione la organización y proyecte el cumplimiento de la obligaciones condominales, y si por el contrario propicia la discrecionalidad en su aplicación, genera procesos clientelares y se superpone en el cumplimiento de las obligaciones de la comunidad condominal, por lo que es necesaria su revisión integral y una reorientación de fondo y forma.
La Procuraduría Social ha dejado de representar para la comunidad una alternativa en la resolución de conflictos condominales.
Principales problemas que presenta la PROSOC:
Falta de capacitación y actualización del personal
Falta de perfil profesional y especialización de los conciliadores
Falta de unificación de criterios para la resolución de conflictos de la misma naturaleza
Incumplimiento de términos legales
Ineficiencia e ineficacia en el área registral de administradores
Discrecionalidad en la emisión de criterios o resoluciones tendenciosas que favorecen a determinados grupos o administradores
Carencia de una base de datos de los Regímenes Condominales constituidos en el Distrito Federal  con el objeto de agilizar los procesos registrales de convocatorias, asambleas y administraciones
Ineficiente aplicación de los procedimientos ofertados por la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el D.F.
Criterios faltos de uniformidad entre las diferentes oficinas desconcentradas en todos los ámbitos de ejercicio de la Procuraduría Social.
Apatía y omisión en la defensa de los derechos condominales frente a empresas que suministran servicios públicos como el caso de la energía eléctrica y el gas natural
Nulo pronunciamiento frente a las reconvenciones y pretendidas modificaciones a realizar en materia Predial,
Propongo como lo he venido sosteniendo la creación de un Tribunal especializado en materia condominal, sólo así podremos avanzar en dar respuesta a este flagelo de la controversia condominal en su ámbito preventivo y correctivo.

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