sábado, 3 de mayo de 2014

La (CFE) sin facultades legales para cortar la luz

                                                                                                     Fernando Mendoza

Con lujo de violencia 6 individuos que se decían ser Contratistas de la Comisión Federal de Electricidad (C F E) se presentaron a tres edificios de la primera sección para realizar corte de medidores de luz de los departamentos de los edificios Pedro Moreno, Guadalupe Victoria, José María Morelos y Pavón. Sin ninguna orden de corte y con hojas en blanco. Amenazado con regresar. Agrego información esperando que les sirva.
¿LUZ Y FUERZA DEL CENTRO EXISTE TODAVIA?
Si: está en litigio,  o sea en juicio  y existe de acuerdo a la ley de servicios públicos de energía eléctrica, publicado en el diario oficial el día 09 de febrero de  1994.
COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD SOLO EN CALIDAD DE COMODATARIO
De acuerdo al reglamento de la ley del servicio público de energía eléctrica: para efectos del presente manual  se entenderá  como suministrador: la Comisión Federal, o, Luz y Fuerza del Centro. Los contratistas de C F E operaran la continuidad del suministro de energía eléctrica en el área de luz y fuerza del centro con una figura jurídica  de “COMODATO”


¿SOY USUARIO O CLIENTE?
Somos usuarios: la Comisión Federal de Electricidad y (Luz y Fuerza del Centro) es un organismo público  y no como indica el recibo de luz emitido por C F E. Donde dice “al servicio del cliente”
¿PUEDEN CAMBIAR MI MEDIDOR SIN MI CONSENTIMIENTO?
No:   el suministrador, ajustara, reparara y cambiara los que no permita su ajuste sustituyéndolos por los adecuados  no necesariamente por un medidor “Inteligente”. Previo aviso al usuario.
¿ME PUEDEN OBLIGAR A PAGAR EN UNA SOLA EXHIBICION EL RECIBO DE LUZ?
No: El suministrador y el usuario convendrán la forma de efectuar la compensación  de C F E (por cobro indebido),  o,   la forma de pago del usuario, en caso de desacuerdo el usuario podrá recurrir a  PROFECO.
¿ME PUEDEN CORTAR LA LUZ SIN PREVIO AVISO?
No:   si tiene contrato con luz y fuerza del centro, o si tiene queja  ante   PROFECO y si contara con un “contrato” de  C F E  se le tiene que notificar por escrito con tres días de anticipación.
¿ES LEGAL LA QUEJA ANTE PROFECO?
Si:    el suministrador deberá atender o responder las quejas y reclamaciones de los usuarios en el término de diez días hábiles de acuerdo con la ley federal de protección al consumidor.
¿LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD ME PUEDE HACER  CONTRATO, CORTAR O COBRAR EL CONSUMO DE ELECTRICIDAD?
No:   porque  en su calidad de comodatario nose le ha otorgado la facultad, porque  se encuentra en litigio, o juicio con luz y fuerza, y  se tiene contrato con luz y fuerza (y no con C F E) , contrato que se debe hacer entre dos  partes. C F E no tiene facultades para cobrar ni para realizar cortes.
ME LLEGO UN “RECIBO DE LUZ CON EL COBRO BARATO” ¿LO PAGO?
No:   si crees que es” borrón y cuenta nueva”  porque un recuadro dice: “el pago de este recibo no le exime de adeudos anteriores” y al reverso dice” pendientes de pago”
¿SI ME “AMPARO” (QUEJA ADMINISTRATIVA) DEBO SEGUIR PAGANDO EL RECIBO DE LUZ?
No: se sugiere esperar la terminación del litigio,  o, se cree el patrón sustituto, o, se cree una empresa con facultades legales para realizar contratos, cambiar medidores y cobrar.
¿ME PUEDEN CORTAR LA LUZ TENIENDO LA QUEJA EN PROFECO?
No:   Mientras no concluya dicho procedimiento, y PROFECO determine lo que proceda. Recordar que tienen contrato con  LUZ y FUERZA DEL CENTRO (hacerlo valer).y no con  C F E .
¿QUÉ VA A PASAR CON EL RECIBO DE LUZ QUE SIGUE ACUMULANDO ADEUDOS?
La Comisión Federal de Electricidad no tiene facultades jurídicas para cobrar, y el reglamento de  LUZ y FUERZA DEL CENTRO  dice que solo se revisara n dos años atrás, y por otra parte se tiene que recurrir a la PROFECO, para que resuelva, por lo que se recomienda estar organizados si el presidente  nos quiere sorprender con decretos desventajosos.
LOS CONTRATISTAS DE LA  C F E  DICEN QUE LA QUEJA ANTE PROFECO NO SIRVE ¿ES CIERTO?
Respuesta: los contratistas de  Comisión Federal de Electricidad no son autoridad ellos son únicamente trabajadores de  C F E, solo PROFECO tiene la facultad de determinar su valides.
¿SI LOS CONTRATISTAS CORTAN LA LUZ?
Guarda la calma, pedir que se identifiquen, anote sus datos y si es necesario tome fotos o película. Hacer llegar por escrito la queja a PROFECO con fecha y hora. PROFECO resolverá si es procedente multar al proveedor del servicio y suspensión del contratista que efectuó el corte.         Se sugiere organizarse con sus vecinos.
Calderón con el objeto de retorcer más la ley y así reconozcamos  a la C F E, se puso a ofrecer “espejitos” con su” programa de luz sustentable” “regalando cuatro foquitos” a quien presente sus recibos de luz al corriente de pago. Si el mismo presidente no respeta la ley ¿porque entonces nosotros los usuarios tenemos que respetar sus torcidas leyes que solo benefician a los señores del capital?
La queja ante PROFECO no es con la intención de no pagar un servicio que usamos, es como una acción de resistencia civil y podemos suspender el pago de manera masiva en mayo del 2014.   Para conseguir el cobro de tarifas más bajas, con sentido social, mejor servicio, medidores gratuitos (en caso de cambio), que el gobierno fabrique los focos ahorradores y los venda a bajo costo etc., etc.                                                                                       

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